Frente al fenómeno de la medicina defensiva, una opción político-criminal consiste en reducir el alcance de la culpa (imprudencia) penal médica como criterio de imputación, con el objetivo de conjugar, por un lado, el principio de responsabilidad y, por otro lado, la implementación de mejores condiciones para el ejercicio de la actividad médica y la protección de los bienes jurídicos involucrados. En este sentido, la presente contribución analiza críticamente las reformas adoptadas por el legislador italiano en 2012 y 2017, y algunos aspectos propios de la “imprudencia profesional” regulada por el Código Penal español; poniendo un especial énfasis, en ambos contextos, a la problemática noción de “impericia”. En las conclusiones se ofrecen algunas advertencias y sugerencias deducibles desde la perspectiva comparada tenida en consideración. En particular, se muestran los límites de la heterointegración normativa del cuidado debido a través de protocolos y guidelines; se defiende la oportunidad de distinguir entre pautas de cuidado “típicas” (leges artis predeterminadas) y expectativas de cuidado “atípicas” (definibles en el marco del juicio); y, sobre esa base, se propone un criterio de culpa (imprudencia) grave para las hipótesis de culpa médica in eligendo..
La redefinición de la culpa (imprudencia) penal médica ante el fenómeno de la medicina defensiva. Bases desde una perspectiva comparada
Perin A.
2018-01-01
Abstract
Frente al fenómeno de la medicina defensiva, una opción político-criminal consiste en reducir el alcance de la culpa (imprudencia) penal médica como criterio de imputación, con el objetivo de conjugar, por un lado, el principio de responsabilidad y, por otro lado, la implementación de mejores condiciones para el ejercicio de la actividad médica y la protección de los bienes jurídicos involucrados. En este sentido, la presente contribución analiza críticamente las reformas adoptadas por el legislador italiano en 2012 y 2017, y algunos aspectos propios de la “imprudencia profesional” regulada por el Código Penal español; poniendo un especial énfasis, en ambos contextos, a la problemática noción de “impericia”. En las conclusiones se ofrecen algunas advertencias y sugerencias deducibles desde la perspectiva comparada tenida en consideración. En particular, se muestran los límites de la heterointegración normativa del cuidado debido a través de protocolos y guidelines; se defiende la oportunidad de distinguir entre pautas de cuidado “típicas” (leges artis predeterminadas) y expectativas de cuidado “atípicas” (definibles en el marco del juicio); y, sobre esa base, se propone un criterio de culpa (imprudencia) grave para las hipótesis de culpa médica in eligendo..File | Dimensione | Formato | |
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