No es infrequente, aun hoy, que el legislador de la Iglesia, para fijar el contenido de normas canonicas, haga referencia de algun modo a normas de ordenamientos juridicos diversos del suyo. Dejando aparte el caso del la remisiòn al ordenamiento internacional, las posibilidades de reenvio a los ordenamientos estatales previstas en el ordenamiento canonico son multiples.
Remisión a la ley civil
MINELLI, Chiara Maria Fiorella
2012-01-01
Abstract
No es infrequente, aun hoy, que el legislador de la Iglesia, para fijar el contenido de normas canonicas, haga referencia de algun modo a normas de ordenamientos juridicos diversos del suyo. Dejando aparte el caso del la remisiòn al ordenamiento internacional, las posibilidades de reenvio a los ordenamientos estatales previstas en el ordenamiento canonico son multiples.File in questo prodotto:
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